1 – NOVEDADES PARA EL AÑO TRIBUTARIO 2013 – Nueva Tasa de 1ª Categoría (20%) y su incidencia en el crédito contra el Global Complementario o Adicional.- Casos en que se aplica Tasa del 18,5% a rentas obtenidas en el año 2012.
– Nueva modalidad de reliquidación del Impuesto único de 2ª Categoría en el caso de dos o más empleadores simultáneos.
– Opción de reliquidar anualmente el impuesto único de 2ª Categoría a fin de obtener la devolución del impuesto retenido en exceso. Rentas mensuales de monto variable; rentas en sólo una fracción del año, etc.
– Nuevo crédito contra impuesto único de 2ª Categoría y Global Complementario por gastos de estudio y escolaridad.
– Nuevas normas de crédito contra Global Complementario por donaciones para fines sociales.
– Modificaciones al crédito contra el impuesto de 1ª Categoría por inversiones en investigación y desarrollo.
– Nuevas normas tributarias para retiros de APV, de la cuenta de ahorro voluntario (CAV) y del APV destinado a pólizas de seguro de vida e invalidez con ahorro.
– Nuevas Declaraciones Juradas y modificaciones a las preexistentes.
– Modificaciones al Formulario 22.
2 – PRINCIPALES MODIFICACIONES AL IMPUESTO A LA RENTA VIGENTES A CONTAR DEL 01.01.2013 (REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 20.630, DE 27.09.2012)
– Disminución de la escala de tasa del impuesto único de 2ª Categoría y Global Complementario.
– Nuevo régimen tributario para la enajenación de derechos sociales.
– Nuevas normas aplicables a la enajenación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas.
– Nuevo régimen tributario de los gastos rechazados y pagados durante el ejercicio.
– Nuevo régimen tributario de los retiros presuntos y de los préstamos a los socios.
– Tratamiento tributario del Goodwill y del Badwill.
– Limitación al PPUA y al Crédito de 1ª Categoría.
– Restricciones y límites al régimen de renta presunta del transporte de pasajeros.
3 – DETERMINACION DEL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA
– Agregados a la utilidad del balance.
– Deducciones a la utilidad del balance. Situación especial de la depreciación acelerada.
– Determinación de la Base Imponible de 1ª Categoría.
– Cálculo del impuesto de 1ª Categoría y del monto de su provisión.
– Créditos contra el impuesto de 1ª Categoría. Situación especial del Impuesto Territorial.
– Impuesto de 1ª Categoría determinado.
– Imputaciones al pago del impuesto de 1ª Categoría.
– Remanente del crédito por impuesto de 1ª Categoría no aprovechado en el Global Complementario.
– Pago provisional por impuesto de 1ª Categoría correspondiente a utilidades absorbidas por pérdidas.
4 – DETERMINACION DEL IMPUESTO UNICO DEL 35% QUE GRAVA LOS GASTOS RECHAZADOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS Y SOCIEDADES POR ACCION (SpA)
– Determinación de la Base Imponible: Gastos rechazados; Retiros presuntos; Préstamos a accionistas de S.A. cerradas.
– Cálculo del impuesto.
– Créditos contra el impuesto. Gastos rechazados provenientes de otras sociedades.
5 – DECLARACIÓN DEL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO Y ADICIONAL
– Retiros efectivos y presuntos de empresas de 1ª Categoría.
– Dividendos y otras cantidades distribuidas por sociedades anónimas y SpA.
– Gastos rechazados y pagados en el ejercicio.
– Actividades sujetas a rentas presuntas.
– Rentas de 1ª Categoría determinadas por contabilidad simplificada.
– Honorarios de profesionales y socios de sociedades de profesionales.
– Rentas de capitales mobiliarios y ganancias de capital. Excedente de Libre Disposición en AFP, afecto a Global Complementario.
– Rentas exentas de Global Complementario. Límite exento del Excedente de Libre Disposición en AFP
– Sueldos y otras rentas afectas al impuesto único de 2ª Categoría.
– Rebajas a la renta bruta global.
– Impuestos de 1ª Categoría y Territorial pagados en el ejercicio anterior.
– Pérdidas en inversiones en capitales mobiliarios y en rentas del artículo 17 Nº 8.
– Base Imponible del Impuesto Adicional.
– Dividendos e intereses por créditos hipotecarios. (Art. 55 bis)
– Ahorro Previsional Voluntario (APV) (Art. 42 bis inciso 1º e inciso 2º)
– Base Imponible de Global Complementario y cálculo del impuesto.
– Créditos contra el Impuesto Global Complementario.
– Crédito o Débito por Ahorro Neto Anual positivo o negativo (Art. 57 bis).
6 – EJERCICIOS, LABORATORIOS Y CASOS PRÁCTICOS |