Taller Práctico: Reforma Tributaria. Nuevo Impuesto a la Renta Empresarial

25 y 26 de Agosto

Inscripción en línea Consultas

OBJETIVO GENERAL

Implementar los nuevos registros de rentas empresariales, distinguiendo entre empresas acogidas al régimen de Renta Atribuida (Artículo 14 A) y al régimen Parcialmente Integrado (Artículo 14 B)

OBJETIVOS ESPECIFICOS

  • Determinar los saldos iniciales de los nuevos registros, acorde con los saldos finales existentes al 31.12.2016 en el Libro FUT.
  • Determinar los saldos finales al 31.12.2017 según el resultado tributario del año comercial 2017.
  • Determinar la R.L.I. de 1ª Categoría en empresas acogidas al artículo 14 A, cuando reciben dividendos o retiros de otras empresas.
  • Determinar el monto de las rentas que deben atribuirse a socios o accionistas para efectos de sus impuestos Global Complementario o Adicional.
  • Imputar retiros y dividendos a los distintos registros que debe llevar la empresa acogida al artículo 14 A e informar su situación tributaria.
  • Determinar la R.L.I. de 1ª Categoría y el Registro RAI en las empresas acogidas al artículo 14 B.
  • Imputar retiros y dividendos a los distintos registros de una empresa 14 B y sus efectos en los impuestos Global Complementario y Adicional.
  • Preparar la información que anualmente debe proporcionarse al S.I.I.

TÉCNICAS METODOLÓGICAS

Explicación teórica y conceptual de las materias sustentada en el desarrollo de casos prácticos.

DIRIGIDO A

Contadores, Auditores, Abogados, Ingenieros Comerciales y otras profesiones afines al ámbito financiero y tributario de las empresas.

PROGRAMA

  1. 1. REGIMEN DE RENTA ATRIBUIDA (ARTICULO 14 LETRA A)
    1. Tipo de contribuyente que pueden acogerse.
    2. Oportunidad en que se puede optar por el régimen del artículo 14 A.
    3. Permanencia mínima en el régimen 14 A. Casos de incumplimiento en que deben obligatoriamente cambiarse al régimen 14 B.
    4. Métodos para atribuir la renta a los distintos socios o accionistas.
    5. Determinación de la Renta Líquida Imponible de 1ª Categoría. Nuevas normas sobre reconocimiento de retiros y dividendos percibidos.
    6. Ejercicios prácticos sobre determinación e imputaciones que deben efectuarse a los registros:
      – RAP: Rentas atribuidas propias.
      – DDAN: Diferencia entre depreciación acelerada y normal.
      – REX: Rentas exentas e Ingresos No Constitutivos de Renta (INR)
      – STUT: Saldo total de utilidades tributables (Ex FUT)
      – SAC: Saldo acumulado de créditos.
      – Registro de Retiros en Exceso provenientes del 31.12.2014. Determinación e imputación.
      – FUNT generado por el pago del Impuesto Sustitutivo (IS) sobre el FUT al 31.12.2014, 31.12.2015 y/o 31.12.2016.
      – Situación especial de las rentas acumuladas al 31.12.1983.
      – Devoluciones de Capital que no constituyen renta.
      – Informes anuales al S.I.I.
      – Determinación de rentas tributables en los casos de término de giro.
  2. REGIMEN PARCIALMENTE INTEGRADO (ARTICULO 14 LETRA B)
    1. Quienes obligatoriamente se encuentran sometidos a las normas del artículo 14 B y quienes optativamente pueden someterse a él. Plazos para optar.
    2. Permanencia mínima en el régimen 14 B. Situaciones especiales en los casos de fusiones, divisiones o transformaciones.
    3. Determinación de la R.L.I. de 1ª Categoría, del Capital Propio y del RAI.
    4. Normas sobre imputación de retiros y dividendos.
    5. Ejercicios prácticos sobre determinación e imputaciones que deben efectuarse a los siguientes registros:
      – RAI: Rentas afectas a impuestos finales (Global Complementario y Adicional)
      – DDAN: Diferencia entre depreciación acelerada y normal (Ex FUF)
      – REX: Rentas exentas, Ingresos no constitutivos de renta (INR) y FUNT originado en el pago del Impuesto Sustitutivo (IS) sobre el FUT al 31.12.2014, 31.12.2015 y/o 31.12.2016.
      – Situación especial de las rentas acumuladas al 31.12.1983 en el caso de sociedades No anónimas.
      – SAC: Saldo acumulado de créditos (originados hasta el 31.12.2016 y desde el 01.01.2017) Sujetos a reintegro y no sujetos a reintegro.
      – STUT: Saldo total de utilidades tributables (Ex FUT)
      – Registro de retiros en exceso provenientes del 31.12.2014 (Determinación e imputación)
      – Devoluciones de capital que no constituyen renta.
      – Informes anuales al S.I.I.
      – Determinación de rentas tributables en los casos de términos de giro.
  3. INCENTIVO A LA REINVERSION DE UTILIDADES
    1. Requisitos, topes de ingresos y otros.
    2. Tope máximo de la franquicia, consistente en una deducción de la R.L.I. de 1ª Categoría.
    3. Efectos en empresas acogidas al régimen de renta atribuida.
    4. Efectos en empresas acogidas al régimen parcialmente integrado.

RELATOR

Leonel González Silva

Contador. Auditor Tributario.
Consultor de Empresas.
Autor de diversas obras técnicas.

CONSULTAS E INSCRIPCIONES

Teléfono: (41) – 2747416
e-mail: capacitacion@irade.cl

Inscripciones: Mónica Salazar I.
Sitio Web: www.irade.cl

La anulación de una inscripción deberá ser comunicada a IRADE hasta 2 días hábiles antes del inicio del programa. De otro modo se considerará que la persona asistirá normalmente, procediéndose a la facturación respectiva.
Duración: 12 horas
Fecha y Horario:

Viernes 25 y sábado 26 de Agosto 2017
Viernes 09:30 a 13:30 y 15:00 a 19:00 hrs.
Sábado 9:00 a 13:00 hrs.

Incluye:

Almuerzo, material didáctico con carpeta de apuntes y servicio de cafetería.

Estacionamiento en Chacabuco #124

Certificado:

Se otorgará certificado de participación de IRADE a quienes asistan a un mínimo del 80% de las horas de clases programadas.

Lugar: Hotel Diego de Almagro, Salón Llanquihue (2°piso), Chacabuco #156
Importante: En caso de que usted u otra persona inscrita tenga algún tipo de discapacidad, le solicitamos informar a la brevedad a gerencia@capacitacion.irade.cl, para tomar los resguardos necesarios a fin de asegurar su plena participación.
Valor:

Socios IRADE $ 250.000.-
No Socios $ 290.000.-

Plazo límite de inscripción: Lunes 21 de Agosto de 2017
Nombre OTEC: IRADE – Capacitación Ltda.
RUT OTEC: 76.593.170-3