REFORMA TRIBUTARIA NUEVO IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL

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Viernes 26 y sábado 27 de Agosto 2016

OBJETIVOS GENERALES:

Conocer y aplicar el nuevo régimen tributario aplicable a las empresas a contar del 01.01.2017, establecido por Ley N 20.780, de 2014, sobre Reforma Tributaria y Ley N° 20.899, de 2016, sobre Simplificación Tributaria.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

  • – Evaluar la conveniencia de optar por el régimen de renta atribuida (Art. 14 A) o por el régimen parcialmente integrado (Artículo 14 B), en los casos que la ley lo permite.
  • – Conocer e implementar los registros que deben llevarse en el régimen del Artículo 14 A.
  • – Determinar el costo tributario final según el monto de la renta atribuida.
  • – Conocer e implementar los registros que deben llevarse en el régimen del Artículo 14 B.
  • – Determinar el costo tributario final en el régimen parcialmente integrado.
  • – Determinar el FUT histórico al 31.12.2016, sus créditos y su conexión con los nuevos registros.
  • – Preparar la información que anualmente debe proporcionarse al S.I.I.
  • – Conocer el régimen de tributación simplificado para PYMES (Artículo 14 Ter)

TECNICAS METODOLOGICAS:

Explicación teórica y conceptual de las materias, acompañada del desarrollo de casos prácticos.

DIRIGIDO A:

Contadores, Auditores, Abogados, Ingenieros Comerciales y otras profesiones afines al ámbito financiero tributario de las empresas.

PROGRAMA:

  • 1.- Explicación conceptual del Régimen de Renta Atribuida (Art. 14 A) y del Régimen Parcialmente Integrado (Artículo 14 B)

    • 1.1.- Contribuyentes que pueden optar por uno u otro sistema.
    • 1.2.- Contribuyentes que obligatoriamente quedan sometidos al Artículo 14 B
    • 1.3.- Plazo para ejercer la opción y formalidades que deben cumplirse.
    • 1.4.- Periodo mínimo de permanencia en uno u otro sistema.
  • 2.- Régimen de Renta Atribuida (Artículo 14 A)
    • 2.1.- Determinación de la Renta Líquida Imponible de 1ª Categoría.
    • 2.2.- Inclusión de los retiros o dividendos percibidos provenientes de empresas acogidas al artículo 14 B.
    • 2.3.- Nuevas normas sobre imputación de las pérdidas tributarias.
    • 2.4.- Determinación del monto de las rentas que deben atribuirse al propietario, socios o accionistas para afectarse con impuestos Global Complementario o Adicional.
    • 2.5.- Métodos para atribuir las rentas a los socios o accionistas.
    • 2.6.- Registros que deben llevarse en el régimen de renta atribuida.
      • 2.6.1.- Rentas atribuidas propias (RAP).
      • 2.6.2.- Diferencia entre depreciación normal y acelerada.
      • 2.6.3.- Rentas exentas e Ingresos no constitutivos de renta (REX).
      • 2.6.4.- Saldo acumulado de créditos (SAC). Incluye créditos del FUT histórico.
    • 2.7.- Orden de Imputación de retiros, remesas o distribuciones.
      • 2.7.1.- Casos en que los retiros o distribuciones quedan o no afectos a impuestos finales (Global Complementario o Adicional)
      • 2.7.2.- Situación de las devoluciones de capital frente al nuevo artículo 17 N° 7.
    • 2.8.- Imputación de retiros “excesivos” provenientes del 31.12.2014.
    • 2.9.- Información que debe proporcionarse anualmente al S.I.I.
    • 2.10 Determinación de rentas tributables en los casos de término de giro de empresas acogidas al artículo 14 A.
    • 2.11.- Desarrollo de casos prácticos.
  • 3.- Régimen Parcialmente Integrado (Artículo 14 B)
    • 3.1.- Determinación de la Renta Líquida Imponible de 1ª Categoría.
    • 3.2.- Tasa de 1ª Categoría y crédito contra impuestos finales solo por un 65% de dicha tasa.
    • 3.3.- Casos en los cuales el crédito contra el Impuesto Adicional es equivalente al 100% de la tasa de 1ª Categoría.
    • 3.4.- Situación de los retiros o dividendos percibidos provenientes de otras empresas acogidas al artículo 14 B.
    • 3.5.- Imputación de las pérdidas tributarias.
    • 3.6.- Registros que deben llevar las empresas acogidas al régimen parcialmente integrado.
      • 3.6.1.- Registro de rentas afectas a impuestos finales (RAI). Incluye FUT histórico determinado al 31.12.2016.
      • 3.6.2.- Diferencia entre depreciación normal y acelerada.
      • 3.6.3.- Rentas exentas e Ingresos no constitutivos de renta (REX). Incluye FUNT histórico determinado al 31.12.2016.
      • 3.6.4.- Saldo acumulado de créditos (SAC). Incluye créditos del FUT histórico.
    • 3.7.- Orden de imputación de los retiros, remesas y distribuciones.
    • 3.8.- Situación de las cantidades distribuidas que no logren imputarse a ningún registro.
    • 3.9.- Imputación de los retiros “excesivos” provenientes del 31.12.2014.
    • 3.10.- Opción de la empresa de pagar voluntariamente impuesto de 1ª Categoría cuando los retiros o dividendos no tienen derecho a crédito.
    • 3.11.- Determinación de rentas tributables en los casos de términos de giro de una empresa acogida al artículo 14 B.
    • 3.12.- Efectos en los casos de cambios de régimen, fusiones y absorciones.
    • 3.13.- Desarrollo de casos prácticos.
  • 4.- Incentivo para empresas con ingresos no superiores a 100.000 UF
    • 4.1.- Deducción de la Renta Líquida Imponible de 1ª Categoría hasta por un monto equivalente al 50% de la renta que se mantenga invertida en la empresa, con un tope anual de 4.000 UF.
    • 4.2.- Efectos en las empresas acogidas al régimen de renta atribuida.
    • 4.3.- Efectos en las empresas acogidas al régimen parcialmente integrado.
  • 5.- Régimen simplificado para PYMES a contar del 01.01.2017 (Artículo 14 Ter)
    • 5.1.- Tipo de contribuyentes que pueden optar por el régimen simplificado.
    • 5.2.- Monto máximo de ingresos brutos para ingresar o permanecer en el régimen.
    • 5.3.- Normas de relacionamiento para computar el límite de ingresos brutos.
    • 5.4.- Tributación de las rentas acumuladas al 31 de diciembre del ejercicio previo al ingreso al régimen simplificado.
    • 5.5.- Determinación de la Base Imponible de 1ª Categoría y de Global Complementario.
    • 5.6.- Exención del impuesto de 1ª Categoría por la que pueden optar los contribuyentes del artículo 14 ter.
    • 5.7.- Pagos provisionales mensuales. Tasa de PPM opcional.
    • 5.8.- Registros y controles que deben llevarse y Declaración Jurada Anual.
    • 5.9.- Efectos del retiro o exclusión del régimen simplificado.

RELATOR

LEONEL GONZÁLEZ SILVA

LEONEL GONZÁLEZ SILVA.

Contador. Auditor Tributario.
Consultor de Empresas.
Autor de diversas obras técnicas.

 

INFORMACIÓN GENERAL

Duración

12 horas

Fecha y horario

Viernes 26 y sábado 27 de Agosto 2016
Viernes 09:30 a 13:30 y 15:00 a 19:00 hrs.
Sábado 9:00 a 13:00 hrs.

*Incluye almuerzo, material didáctico con carpeta de apuntes y servicio de cafetería.

Certificado
Se otorgará certificado de participación de IRADE a quienes asistan a un mínimo del 80% de las horas de clases programadas.
Lugar
Hotel Araucano
Valor

Socios IRADE $ 232.000.
No Socios $ 290.000.-
DESCUENTO ESPECIAL HASTA AL VIERNES 25 DE JULIO 2016 $ 220.000.-

Plazo límite de Inscripción
Lunes 12 de Agosto del 2016
Nombre OTEC
IRADE – Capacitación Ltda.
RUT OTEC
76.593.170-3

CONSULTAS E INSCRIPCIONES
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Teléfono: (41)–2747416
e-mail:capacitacion@irade.cl
Inscripciones: Mónica Salazar I.
Sitio Web: irade.cl
 
La anulación de una inscripción deberá ser comunicada a IRADE hasta 2 días hábiles antes del inicio del programa. De otro modo se considerará que la persona asistirá normalmente, procediéndose a la facturación respectiva